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La nueva ley de tráfico prevé aumentar la velocidad a 130 km/h en algunos tramos

El Congreso ha aprobado la nueva Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad, una ley que endurece algunas sanciones pero que da más facilidades para abonarlas y que prevé el aumento de la velocidad máxima en tramos determinados y su reducción en ciudad
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Jueves 20 de marzo de 2014 | ORGANIZACIÓN DE CONSUMIDORES Y USUARIOS
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La nueva Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad ha sido aprobada en el Congreso de los Diputados tras pasar por el Senado, una ley que endurece las sanciones, aunque da más facilidades para recaudar, y que prevé el aumento de la velocidad a 130 km/h en algunos tramos, así como su reducción en ciudad. Éstas son las principales novedades de la nueva ley:

Límites de velocidad
• Se posibilita el aumento de la velocidad máxima a 130 km/h en algunos tramos. En las carreteras convencionales el límite será de 90 km/h.
• Se plantea la creación de zonas de 20 y 30 km/h en ciudad. Estos cambios no serán efectivos hasta que no se apruebe el Reglamento.

Sanciones
• Aumenta la cuantía de las multas por conducir con una tasa de alcohol en sangre que supere a la permitida en más del doble, para reincidentes y para personas que se nieguen a realizar la prueba. Pasa de 500 a 1000 euros.
• Se amplía el plazo para pagar las multas con un 50% de descuento de 15 a 20 días naturales desde que se notifica la sanción.
• Se prohíbe específicamente la conducción con presencia de drogas ilegales en el organismo.
• Se permite la denuncia de un infractor por parte del agente sin necesidad de pararlo e identificarlo cuando esté realizando labores de control de tráfico y sea imposible su persecución.

Ciclistas
• La nueva ley obliga a los menores de 16 años a utilizar el casco en ciudad.
• No se podrá inmovilizar una bicicleta aunque su conductor sea multado por una infracción que sí implicaría la inmovilización en caso de tratarse de otro vehículo.
• Se permite a los ciclistas circular por debajo de los límites de velocidad mínimos en determinadas vías.

Otras cuestiones
• Se podrá inmovilizar un vehículo si transporta niños sin dispositivo de retención infantil.
• Se prohíbe que los niños viajen en el asiento delantero, excepto cuando los traseros estén ocupados.
• Se prohíbe el uso de detectores de radar, aunque sí están permitidos los avisadores.
• Será obligatorio matricular en España los vehículos de extranjeros residentes
• El conductor será el responsable si atropella a un animal de caza. Hasta ahora sólo lo era si había incumplido las normas de circulación.

Esta nueva ley se publicará en los próximos días en el Boletín Oficial del Estado y un mes después entrará en vigor. Posteriormente, se desarrollará un reglamento que articule los puntos de la ley.
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