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La inspección técnica diagnosticará el estado de conservación de los edificios de más de 50 años

En los próximos años, alrededor de 92.000 edificios deberán pasar una inspección técnica que medirá las condiciones de seguridad, accesibilidad y eficiencia energética de las viviendas
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Viernes 30 de mayo de 2014 | GOBIERNO VASCO
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En los próximos años, alrededor de 92.000 edificios deberán pasar una inspección técnica que medirá las condiciones de seguridad, accesibilidad y eficiencia energética de las viviendas.

En una comparecencia ante los medios de comunicación realizada ayer, el consejero de Empleo y Políticas Sociales Juan María Aburto ha explicado las modificaciones que ha introducido el Gobierno vasco en el nuevo decreto que regulará la Inspección Técnica de Edificios (Decreto 80/2014 de 20 de mayo), que incluye la obligación de presentar la ITE en el ayuntamiento tanto a los edificios residenciales de más de 50 años como a aquellos que soliciten ayudas a la rehabilitación, independientemente de su antigüedad.

La norma también incorpora la obligatoriedad de presentar el informe de subsanación de deficiencias, en caso de que el dictamen de los técnicos así lo indicara. Asimismo, se ha flexibilizado el calendario de plazos de presentación de la ITE, que hasta ahora preveía diferentes tramos en función de la fecha de construcción del edificio. La normativa aprobada por el Gobierno la pasada semana establece que aquellos edificios que hayan cumplido más de 50 años en junio de 2017, deberán presentar el informe antes de junio de 2018. Una vez finalizada esta primera fase, los edificios que vayan cumpliendo 50 años tendrán un plazo de un año para presentar la ITE.

El informe tiene un plazo de validez de 10 años, a contar desde la fecha de realización de la ITE, por lo que la inspección deber ser renovada periódicamente. Durante ese periodo, los edificios contarán con un Plan de Uso y Mantenimiento, que será elaborado por los mismos técnicos encargados de realizar la ITE.

Por otro lado, y con el objetivo de ampliar el conocimiento sobre la situación de los edificios, el informe de la ITE no solo incluirá una revisión del estado de conservación, sino que recogerá datos sobre las condiciones de accesibilidad y sobre la eficiencia energética del conjunto del edificio.

Según los datos del Departamento de Empleo y Políticas Sociales, aproximadamente 92.000 edificios de la CAPV habrán cumplido medio siglo de existencia en junio de 2017 –y por lo tanto, estarán obligados a presentar la ITE en el Ayuntamiento antes de junio de 2018-, lo que supone más del 53% del parque inmobiliario vasco. “Teniendo en cuenta que los solicitantes de ayudas públicas también deberán contar con la ITE, es muy probable que en los próximos años, casi dos tercios de los edificios de la comunidad autónoma tengan que realizar una inspección”, ha señalado el consejero en su intervención.

Funcionamiento y actividad de la ITE

La Inspección Técnica de Edificios es un mecanismo de prevención e información que va a permitir, a las personas propietarias y a las administraciones, conocer el estado del parque inmobiliario. Consiste en un informe-dictamen, elaborado por un técnico autorizado, en el que evalúan las condiciones de conservación, accesibilidad y eficiencia energética.

El objetivo de la ITE es impulsar la vida útil de los edificios y fomentar los valores de prevención, seguridad, eficiencia y confortabilidad de las construcciones residenciales. Asimismo, aspira a concienciar a la ciudadanía sobre la importancia de mantener su vivienda –que comprende no solo las cuatro paredes de su residencia, sino toda la construcción- en las mejores condiciones de habitabilidad.

En ese sentido, la función de la ITE va más allá de su elemento inspector, ya que actuará de la misma manera que los chequeos médicos: conocer el estado de salud de los edificios y actuar de manera preventiva antes de que un problema sea demasiado grave. “Hacer una revisión a tiempo evita que nos encontremos en el futuro con problemas más graves, y por tanto más costosos, o incluso que ya no tienen solución”, ha señalado Aburto.

“La ITE nos permitirá contar con edificios que no van a generar problemas, ni a las personas que residen en ellos, ni a las que circulan por su alrededor, edificios en los que podamos vivir con las mejores condiciones, que sean accesibles para todas las personas y que no pierdan valor por el mero paso del tiempo”, ha añadido el consejero.

El decreto establece que la ITE solo puede ser realizada por arquitectos y aparejadores (arquitectos técnicos). Las propiedades y comunidades podrán contratar a quien deseen, dentro de este colectivo, para efectuar el trabajo. Asimismo, el certificado de eficiencia energética podrá ser suscrita por ingenieros o ingenieros técnicos. El importe de la ITE no está regulado, por lo que lo determinará el técnico contratado.

El informe de la ITE establece 5 grados de actuación, en función del estado del edificio. Los que requieren una actuación más rápida son los tres primeros, mientras que el 4 y 5 son de deficiencias leves o de mantenimiento. El grado 1 exige una actuación inmediata (en plazo máximo de 24 horas), el grado 2, muy urgente (antes de 3 meses) y el grado 3, urgente (antes de doce meses).

Si el dictamen establece la necesidad de efectuar obras de rehabilitación, la propiedad estará también obligada a presentar el informe de subsanación de deficiencias en el Ayuntamiento. “Debe quedar claro que solo se deberá presentar la ITE en el ayuntamiento en el caso de ayudas a las comunidades de vecinos, no para las ayudas individuales para la rehabilitación de la vivienda”, ha recalcado Aburto al respecto.

Si una comunidad no cumple sus obligaciones dentro de los plazos establecidos, estará cometiendo una infracción urbanística y podrá ser sancionada según los previstos que establece la ley. Asimismo, los ayuntamientos tendrán potestad para ejecutar subsidiariamente tanto la ITE como los resultados del dictamen, y pasar posteriormente las costas a la propiedad.

Los Ayuntamientos son los encargados, según establece la normativa estatal y vasca, de llevar a cabo el control de este proceso, ya que entra dentro de las competencias de disciplina urbanística. No obstante, el Gobierno Vasco se hará cargo del registro unificado de la ITE (Euskoregite), y al que se remitirán todas las inspecciones.

Plataforma web de Euskoregite

La información sobre la ITE se canalizará fundamentalmente en una plataforma web específica, que será accesible a través de estas dos direcciones: www.euskadi.net/ite y www.euskoregite.com.

Esta plataforma contendrá una sección privada, dirigida a los Ayuntamientos, pero también una amplia sección pública. En ella, cualquier persona podrá conocer, simplemente introduciendo la dirección del inmueble, los datos relacionados con la ITE (fecha de construcción, plazo de presentación, resultado del informe).

Asimismo, se ofrecerá información general y cuestiones frecuentes sobre todos los aspectos relacionados con la ITE, y un apartado de estadísticas.

En esta web también estará disponible para descargar la aplicación informática que deben utilizar los técnicos obligatoriamente para realizar la ITE. Está previsto que la plataforma de Euskoregite entre en funcionamiento el primer día hábil de junio (lunes 2).
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